Quién necesita un Consejero de Seguridad

Toda empresa que cargue, transporte o descargue mercancías peligrosas está obligado a designar un Consejero de Seguridad, que se encargue de contribuir a la prevención de los riesgos para las personas, los bienes o el medio ambiente inherentes a estas actividades. (RD 1566/99).

En qué consiste nuestro servicio

Cada cliente dispondrá de su propio consejero de seguridad, que estará a su disposición para realizar las siguientes tareas, atendiendo a la normativa vigente y el código de buenas prácticas del consejero de seguridad:


- Designación del Consejero de Seguridad en el Ministerio de Fomento y Comunidad Autónoma competente.
- Formación a los trabajadores implicados con las mercancías peligrosas, adecuando dicha formación a las necesidades de la empresa.
- Realización y entrega al organismo competente del informe anual obligatorio, cumpliendo con el plazo establecido.
- Realización de informe de accidente o informe de sucesos.
- Investigación de accidente o inspecciones.
- Asesoramiento a la empresa para adecuar instalaciones y vehículos a la normativa.
- Visitas a realizar en plazo acordado con el cliente, realizando en cada una su informe inicial o periódico.

 
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